AV presenta una moción para que se devuelva la tasa de depuración
ASAMBLEA VALSEQUILLERA PRESENTA UNA MOCIÓN PARA INSTAR AL M.I. AYUNTAMIENTO DE VALSEQUILLO A RECLAMAR AL CONSEJO INSULAR DE AGUAS LA DEVOLUCIÓN DE LO COBRADO AL AYUNTAMIENTO DE VALSEQUILLO, EN CONCEPTO DE TASA DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES, DESDE LA CREACIÓN DE LA CITADA TASA
Asamblea Valsequillera presentó, el pasado viernes, en el registro municipal, una moción en la que solicita al grupo de gobierno (Asba-NC) que “inicie los trámites necesarios para reclamar al Consejo Insular de Aguas la totalidad del importe cobrado por aquella institución, al M.I. Ayuntamiento de Valsequillo, en concepto de tasa de depuración, desde el momento de su creación”. La citada moción será debatida y votada en el próximo pleno ordinario, que se celebrará el 24 de noviembre.
La moción presentada por AV tiene como fundamento principal la sentencia del TSJC, del 05 de abril de 2013, en la que se declara la tasa de depuración de aguas residuales, creada por el Consejo Insular de Aguas (organismo dependiente del Cabildo de Gran Canaria) y el acuerdo para su imposición «NULO DE PLENO DERECHO», ya que «dicho Consejo carece de la potestad legal imprescindible para acordar la imposición y ordenación de Tributos, pues estos corresponden exclusivamente al Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales» . La decisión de la nulidad se decreta basándose en el artículo 62.1b) de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, que literalmente establece:
«Artículo 62 Nulidad de pleno derecho 1. Los actos de las Administraciones públicas son nulos de pleno derecho en los casos siguientes:
b) Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio.
Asamblea Valsequillera entiende que cabe solicitar la devolución de las cantidades que se ha percibido, por parte del Consejo Insular de Aguas, en base a la imposición de una tasa declarada nula.
Tal y como refleja la moción presentada “Si bien podemos entender que el servicio se ha prestado, esto no es óbice para que se tenga en cuenta que los tributos y las cantidades que se recaudan en base a ellos han de estar vigentes y de establecerse en base a la Ley, con lo cual y puesto que son nulos, han producido efectos «ex tunc», por lo que no existieron y, consecuentemente, resulta injustificada la recaudación que se practicó en base a ellos. No existe tributo, no existe ni ha existido recaudación en base al mismo”.
La devolución de los tributos abonados al Consejo Insular de Aguas (organismo dependiente del Cabildo de Gran Canaria), tendría efecto desde el mismo momento de la creación de la tasa de depuración de aguas residuales (año 2010). “Por tanto, estamos solicitando la devolución al ayuntamiento del importe de esta tasa, cuando la pagaba el ayuntamiento, durante el gobierno de Asamblea Valsequillera, y también de todo lo abonado por nuestros vecinos y vecinas, desde que el grupo Asba creó la tasa de depuración, en julio de 2012” explica el concejal de AV, Juan Carlos Atta.
La moción presentada por Asamblea Valsequillera también recoge que tras la devolución que entiende que debe realizar el Consejo Insular de Aguas al Ayuntamiento de Valsequillo, la institución municipal debe “iniciar los trámites necesarios para devolver a todos los vecinos/as de Valsequillo, la totalidad del importe cobrado en los sucesivos recibos generados, tras la creación de la tasa de depuración de aguas residuales, en el año 2012”.
“Hemos denunciado, desde 2012, la larga lista de errores que se han cometido con la creación de esta tasa, por parte del grupo Asba. Ahora, una sentencia del TSJC la ha tumbado. Por tanto, lo que toca es que todas las partes rectifiquen. El Consejo Insular de Aguas debe devolver el dinero al Ayuntamiento y éste debe devolvérselo a los vecinos. Confiamos en que el pleno apoye esta medida porque es beneficiosa para todas las partes”, concluye el concejal de AV.
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